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(Normativa de Impacto Ambiental)
NORMAS GENERALES
Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Capítulo
I. Disposiciones generales. Art 1-5.
Capítulo II. Competencia.
Art.6-10.
Capítulo III. De las
actividades reguladas por este Reglamento. Art.11-28.
Sección 1 Actividades
molestas.Art.11-14.
Sección 2 Actividades
insalubres y nocivas. Art.15-19.
Sección 3 Actividades
peligrosas. Art.20-28.
Título II. Régimen jurídico. Art. 29-45.
Capítulo
I. Procedimiento para la concesión de licencias. Art.29-37.
Capítulo II. Sanciones.
Art.38-41.
Capítulo III. Recursos.
Art.42-45.
1.-
Actividades Molestas
2.- Actividades Insalubres y Nocivas
3.- Actividades Peligrosas
ANEXO 3. Libro de Registro de actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Orden de 15 de marzo de 1963, por la que se aprueba una Instrucción que dicta una norma complementaria para la aplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
Ordenanzas.
Art.2.
Licencias. Art. 3-7.
Calificación de actividades.
Art.8-9.
Medidas correctoras. Art.10.
Emplazamientos. Art.11.
Inspecciones. Art.12-14.
Sanciones. Art.15.
Libro registro. Art.16.
NORMAS SOBRE ACTIVIDADES SOMETIDAS A EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio de evaluación de impacto ambiental. Art. 1-10,
Disposiciones Adicionales y Finales.
Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo de evaluación de impacto ambiental. Art.1-30.
Capítulo
I. Disposiciones generales. Art.1-4.
Capítulo II. La evaluación
de impacto ambiental y su contenido. Art.5-22.
Sección 1
Evaluación de impacto ambiental. Art.5-6.
Sección 2
Estudio de impacto ambiental. Art.7-12.
Sección 3
Procedimiento. Art.13-22.
Capítulo
III. Evaluaciones de impactos ambientales con efectos transfronterizos. Art.23-24.
Capítulo IV. Vigilancia y
responsabilidad. Art.25-30.
Anexo 1. Conceptos técnicos
Anexo 2. Especificaciones relativas a las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el anexo del Real Decreto Legislativo 1302/1986. de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.